El Carnet Vecinal (Ordenanza 14) es un documento público para fomentar la participación ciudadana en las actividades culturales, lúdicas y deportivas que se organicen en el municipio mediante el uso de un carnet vecinal. 

Para obtener el carnet hay que cumplir las siguientes condiciones: 

  • Estar empadronado en Bustarviejo con antigüedad mínima de 1 año.
  • Estar al corriente de pagos tributarios, sin deudas en vía ejecutiva.
  • En el caso de ser menor de edad, los padres han de cumplir los requisitos anteriores. 

El carnet se expedirá a favor de la persona física que reúna los requisitos establecidos, será único e intransferible. 

Cómo realizar el tramite 

La solicitud se podrá realizar presencialmente en el Registro General del Ayuntamiento de Bustarviejo o en la Sede Electrónica. Deberá aportar el justificante de pago (2€). No olvide incluir en el concepto el nombre y apellidos del solicitante. La transferencia bancaria se realizará en la cuenta del Ayuntamiento de Bustarviejo: ES92 2038 2260 1160 0000 6683

FORMULARIO SOLICITUD CARNET VECINAL

Los titulares del Carnet vecinal tendrán los descuentos que se establezcan en cada una de las ordenanzas de precios públicos. 

El carnet vecinal podrá solicitarse en cualquier momento del año, pero su validez será siempre para el curso lectivo vigente en el momento de la solicitud, entendiéndose por tal desde el 1 de septiembre hasta 30 de agosto del año siguiente, salvo que se incumplan las condiciones de la obtención.